Por José Aylwin, Co Director del Observatorio Ciudadano y académico de Derecho Indígena en la Universidad Austral de Chile
Actualmente, una mínima parte de las grandes empresas de energías renovables disponen de políticas acordes con las normas internacionales sobre derechos de pueblos indígenas, y ninguna de ellas incluye un compromiso público sobre la participación en los beneficios.
Según un reciente informe del World Economic Forum (Fostering Effective Energy Transition 2024), Chile se ha posicionado como un referente en la transformación energética, situándose entre los 20 más avanzados en la materia a nivel global.
Las inversiones en energías renovables en el país en años recientes han determinado que estas, en sus distintas modalidades -solares, eólicas, hidroeléctricas, entre otras- proporcionen hoy el 53% de la energía del país, superando por primera vez a las contaminantes energías térmicas. De conformidad a la política energética de los últimos gobiernos, y en sintonía con las metas del Acuerdo de París, se espera que para el 2050 el 100% de las fuentes de energía del país sean carbono neutrales, siendo previsible un incremento sustancial de las inversiones en la generación eléctrica.
Las inversiones relacionadas con la transición energética en Chile, sin embargo, no sólo están relacionadas a la generación de electricidad a través de las modalidades antes señaladas, sino que más importante aún, a la producción de los minerales que resultan indispensables para su desarrollo, como lo son el cobre y el litio, el primero para su trasmisión, y el segundo para su almacenamiento.
En efecto, Chile, con el 24% de la producción mundial de cobre, es el principal productor de este mineral a nivel mundial. A su vez, con el 30% de la producción de litio a nivel global, es después de Australia, el segundo productor de este mineral no metálico. Más del 60% de las exportaciones del país se concentran en estos dos minerales, y la demanda global por ellos con certeza seguirá creciendo en el contexto de la transición energética.
En el caso del litio, a las inversiones ya existentes, concentradas en los salares de Atacama y Maricunga, se suma el llamado hecho desde el gobierno para la exploración/explotación de 26 salares, al cual se presentaron 88 inversionistas nacionales y extranjeros. A ello se agregan los anuncios de inversiones que tanto Codelco como Enami, ambas empresas estatales, han hecho para el desarrollo del litio.
En el primer caso en el Salar de Atacama en asociación con SQM y en el Salar de Maricunga, al adquirir proyecto de capitales australianos, y en el proyecto Salares Andinos (Salar Aguilar) en la región de Atacama en el segundo caso. Cabe resaltar que tanto las inversiones existentes, así como las futuras previstas, se ubican en territorios de ocupación tradicional de pueblos indígenas andinos, incluyendo pueblo lickanantay o atacameño y el pueblo colla.
Como ha sido constatado por el Observatorio Ciudadano en análisis anteriormente realizados sobre el desarrollo de la industria del litio en territorios indígenas del norte de Chile, estos se han caracterizado por la seria afectación de los derechos que el país reconoce a estos pueblos, los que incluyen el derecho a la consulta, y en casos de grave afectación, el consentimiento de las comunidades directamente afectadas, la participación en los beneficios y la compensación por los daños que esta actividad genera.
Así, hasta hace poco, los proyectos de desarrollo de litio no habían sido objeto de consulta alguna con las comunidades directamente afectadas, así como tampoco han sido compensadas por los severos daños -en particular al agua- generados por la extracción de litio.
En cuanto a la participación en los beneficios, esta modalidad solo fue incorporada como práctica a contar de 2016 con el acuerdo suscrito por Albemarle con el Consejo de Pueblos Atacameños. Más tarde, ella fue impuesta por CORFO a SQM en un acuerdo entre ambas partes inconsulto con las comunidades atacameñas.
De gran interés en este sentido resulta un reciente informe elaborado por Derechos de los Pueblos Indígenas Internacional (IPRI) y el Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (Centro de Información), sobre Los Pueblos Indígenas y la Transición Justa. En base a más de 40 entrevistas realizadas con empresas, estados, a la visión de líderes indígenas, y a la experiencia comparada, en él se examinan los argumentos en favor de una transición energética centrada en derechos, que ponga atención en los intereses y la prosperidad de los pueblos indígenas como un requisito indispensable para que la transición energética sea verdaderamente justa.
Dicho informe constata que una mínima parte de las grandes empresas de energías renovables disponen de políticas acordes con las normas internacionales sobre derechos de pueblos indígenas, y que ninguna de ellas incluye un compromiso público sobre la participación en los beneficios. En atención a esta realidad sostiene que resulta indispensable que las iniciativas de transición energética proporcionen beneficios directos y mutuamente acordados con los pueblos indígenas, y que estos sean establecidos en contratos vinculantes.
El informe agrega que en ningún caso dicha participación debe sustituir el consentimiento libre, previo e informado de los mismos pueblos frente a los proyectos relacionados con la transición energética; y que modelos de propiedad o copropiedad en proyectos de esta naturaleza que permitan a los pueblos indígenas tener una participación en la toma de decisiones, no obstante sus riesgos, deben ser considerados por los inversores y los estados.
Finalmente, identifica la responsabilidad tanto de los gobiernos (estados) como de las empresas para hacer posible que la transición sea justa en relación a los pueblos que habitan los territorios en que se impulsan proyectos de energía.
En el caso de los gobiernos estos incluyen el pleno reconocimiento y aplicación de los compromisos que han adquirido en materia de derechos de pueblos indígenas. En el de las empresas estos comprenden la creación de un entorno favorable para la participación significativa de estos pueblos en dichos proyectos, incluidos en la propiedad y la copropiedad de los mismos si así lo reclaman.
Es de esperar que tanto el Estado chileno, a través de sus autoridades así como de las empresas asociadas que hoy adquieren protagonismo en el desarrollo del litio, y las empresas privadas involucradas en su exploración y explotación, puedan poner atención en el análisis y propuestas contenidas en este informe.
Ello sin duda contribuiría a que el liderazgo que tiene Chile en la transición energética sea justo para con las comunidades que habitan los territorios involucrados en su desarrollo, y no injusto como ha sido hasta ahora.